Senado argentino dio media sanción a la ley de asistencia al turismo

17/08/2020 | 0:30 | La Ley contempla una serie de medidas en busca de reactivar la actividad en el país por 180 días. Unifica los proyectos presentados por el Frente de Todos y Juntos por el Cambio.
 

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Un proyecto de Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional fue aprobado por la Cámara de Senadores, y girado a Diputados para su sanción definitiva.


El expediente unifica varios proyectos presentados por el Frente de Todos y Juntos por el Cambio y tiene por objeto “la implementación de medidas para el sostenimiento y la reactivación productiva de la actividad turística nacional, por el término de 180 días, prorrogable por el mismo plazo por el Poder Ejecutivo”.

La iniciativa, en sus fundamentos, sostiene la necesidad de "paliar el impacto económico, social y productivo en el turismo, en todas sus modalidades, en virtud de la pandemia por coronavirus Covid-19 y brindar las herramientas para su reactivación productiva”.

El costo fiscal de la medida fue calculado en alrededor de $50.000 millones para el Estado nacional. 

Los rubros comprendidos en el expediente son los servicios de alojamiento, las agencias de viaje, el transporte, los servicios de licenciados en turismo, los centros turísticos, los alquileres de bienes, las bodegas, jardines botánicos, zoológicos, parques, organizaciones de ferias y congresos, gastronomía, servicios de salones, productos regionales y producción de espectáculos.

El menú de herramientas de la normativa comprende además la reducción del 95% del pago de contribuciones patronales de empresas del rubro, y medidas impositivas y fiscales que "permitan desahogar la situación prorrogando vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2020", mencionó la senadora patagónica del Frente de Todos.

Esto también incluye la suspensión de medidas cautelares que ANSES y AFIP mantengan sobre contribuyentes; así como la prórroga por 180 días de vencimientos de impuestos que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias; reducción de alícuotas sobre impuestos a los créditos y débitos y otras operatorias hasta el 31 de diciembre.


 

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